(Gonzalo
Barrios)
La semana pasada el Presidente
Maduro, puso en el tapete del debate Nacional, la necesidad perentoria de que
le sea aprobada una ley Habilitante para la lucha contra la corrupción, entre
otros detalles mencionados, para el aumento de la pena. ¿Es necesario una nueva
Ley? ¿Su aprobación sería suficiente para la eliminación de la corrupción?
Para ambas preguntas la respuesta
es negativa. La razón sería la misma por la cual no se reduce el ritmo de
aceleración de los precios, el error principal es que generalmente, los tomamos
como causas, cuando es un efecto. (Enrique Ghersi “Economía de la corrupción”, CEDICE)
La Real Academia de la Lengua define a la
corrupción, como: “vicio o abuso…” por lo que tradicionalmente se le ha atribuido
al poder público, la mayor cuota del proceso corruptor, ya no los indicaba el
historiador Británico, Lord Acton, “Power tends to corrupt, and absolute power
corrupts absolutely”. Lo cual traducido al Castellano, nos señala que “El
poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente”.
En principio, la corrupción
afecta a la actividad económica en el muy corto, corto, mediano y largo plazos
a través de dos canales: directo e indirecto. El efecto indirecto está
relacionado con el impacto que genera la corrupción en el campo extraeconómico
(político, social y cultural) y de éste sobre el campo económico. En el corto plazo,
el desvío de recursos que estaban destinados al financiamiento de la producción,
provoca una caída del PIB,
Si todo agente económico busca su
máximo beneficio, lo que habría que analizar como se lograría, que este máximo
beneficio sea minimizado desalentando este tipo de operación, es decir un
estudio costo beneficio de la corrupción.
Si el beneficio es la diferencia entre
lo que le ingresa al corrupto y el costo
que le genera. Hay que hacer notar que la medida integral ideal es aquella que
enfrente los dos componentes (Ingreso y
costos)
Es importante destacar que la corrupción
depende de cuotas de poder (monopolio) y la necesidad que se tiene de favor de
ese poder. En el caso del control de precios, el ingreso depende del diferencial entre el precio
regulado y el real. Si hay mucha diferencia, el ingreso es más alto, lo que
favorece los actos de corrupción
El costo total de cometer actos
de corrupción (C) es igual a la suma de costos de penalidad (CP), los costos
morales (CM) y los costos de ejecución de la actividad corruptiva (CE), por lo
tanto C=CP+CM+CE.
El costo de penalidad corresponde
al costo generado por la posibilidad de ser descubierto y perder su libertad. A
mayor riesgo de ser descubierto, mayor costo. En algunos países este costo puede
incluir la pérdida de parte de su cuerpo (mano p.e.), incluso de su vida. Este es el costo que se quiere
aumentar con la Habilitante. Mediante el aumento de los años de prisión
El costo por ejecución, comprende
los costos operacionales del acto en sí. A medida de que este sea más difícil de
llevar a cabo y, cuanto, más personas y/o
etapas se incluyan, los costos por ejecución son mayores. Cuantas más
prohibiciones, regulaciones y controles se le pongan al aparato productivo
privado, más zonas de poder se crean y mayor serán los costos de ejecución.
El costo moral está relacionado
con el aspecto de la reputación del individuo en la sociedad en que vive, el
mismo que a su vez tiene que ver con la escala de valores y la ética personal.
Si bien los individuos generalmente tratan de minimizar la mala reputación ante
la sociedad, sin embargo se tienen diferencias de grado o intensidad en el
mismo. Existen individuos relativamente amantes y practicantes de la buena
reputación y ética personal, pero también existen individuos a los que ésta les
interesa en menor grado; para los primeros el costo moral de ser delatados como
corrupto es mayor que para los segundos. En todo caso, cuanto mayor sea el
castigo y la sanción moral que impregna la sociedad a los actos de corrupción y
cuando así lo sientan los individuos, mayor será el costo moral de cometer las
actividades de corrupción (JUAN LEON MENDOZA, “Análisis Económico de la Corrupción”. Revista de la Facultad de Ciencias
Económicas de la UNMSM No. 18. Lima, 2000.)
De lo dicho en los párrafos
anteriores se deprende que la lucha contra la corrupción no una tarea sencilla,
debe contemplar en su estrategia: la liberalización de la economía para disminuir
las trabas que aumente los ingresos asociados a esta actividad, aunque el costo
por ejecución sea igual a cero, sin ingresos, no hay estímulos para la corrupción;
el aumento de los costos de penalidad, para lo cual únicamente se necesita
eliminar la impunidad evidente en que se están realizando los actos de corruptivos
y, por último una labor educativa (este componente es a largo plazo) para que
la población tome conciencia del costo moral. Como se puede ver desde el punto
de vista económico, ninguna de estas estrategias requiere la aprobación de una ley
habilitante para su ejecución y puesta
en marcha.
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