lunes, 28 de mayo de 2012

¿SENSACION O REALIDAD?


Hace pocos días el Banco Central de Venezuela presentó las cifras preliminares para el primer trimestre de 2012. Las mismas reflejan básicamente un crecimiento económico y una deceleración en el aumento de los precios.

Varias personas han manifestado reiteradamente sobre la incredulidad a estos resultados, aduciendo  que la sensación que tienen es todo lo contario. ¿Quién tiene la razón? ¿la sensación o la realidad? La respuesta es muy simple: ambos. Las cifras reflejan una realidad enmarcada en los parámetros forjados por una metodología internacionalmente aceptada y adoptada  a cargo de unos técnicos calificados y entrenados para su cálculo.

La cuestión es que en materia económica la sensación o percepción que se tiene sobre un evento es en muchos casos más importante que la realidad. No pongan cara de extrañeza y tengan un poco de paciencia, lo vamos a tratar de explicar con unos ejemplos.

En primer lugar veamos el caso del proceso inflacionario. Si las personas sienten, perciben o creen que los precios de los bienes y servicios seguirán en ascenso, tratarán de anticiparse a esta situación pidiendo aumento de sueldos, por ejemplo o si es un trabador independiente, ajustando sus honorarios, Esta situación encarecerá los costos de producción, presionando el aumento de los precios finales. En la literatura económica esto se conoce como inflación inercial o por expectativas.

Oteo caso que podemos mencionar es el del tipo de cambio ¿Cuántas veces ante el aumento del precio de un bien o servicio determinado? Nos han respondido para nuestra incredulidad, que el aumento es motivado a la devaluación de la moneda y, ¡ese bien no contiene ningún insumo importado!.

El de la escasez es otro ejemplo bandera de lo que puede causar la sensación o percepción. ¿Cuántas veces no ha corrido usted o a hecho una larga cola para adquirir un producto por el solo hecho de que usted o su familia cree que va a escasear. Lo que tarde o temprano se genera, producto de los mismos compradores.

Finalmente, señalaremos el más devastador de todos. La Sensación de inseguridad, ya sea jurídica o física. No importa si es real o no. Ya la existencia del temor no permite a las familias salir a divertirse en las noches, afectando a la industria del entretenimiento. El turismo, disminuye la inversión y el consumo privado, y pare usted de contar.

En todos los casos la solución es la misma, hay que cortar las expectativas, mostrando de manera CONVICENTE  la realidad. Hay que demostrar que no hay motivos para tener falsas sensaciones. ¡Cláro! esto no es tan sencillo, la credibilidad hay que ganársela. Si el río suena, demuestre que este no trae piedras y recuerde en economía la percepción es muchas veces más importante que la realidad.

domingo, 6 de mayo de 2012

MUCHO RUIDO


Y pocas nueces. Después de que se despertó una gran expectativa por la aprobación de la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, el presidente de la República, la firmó el pasado lunes 30 de abril y, aunque no se conocía el texto de la Ley, la pudimos leer al día siguiente gracias al ministro Izarra, quien, publicó a través de una de las redes sociales, un enlace donde se podía bajar e imprimir (Decreto 8.938 del 30 de  abril de 2012).

Una gran decepción nos causo la lectura, sinceramente no estuvo a la altura de las expectativas, por lo tanto decidimos, titular este articulo con el nombre de la famosa comedia de William Shakespeare: “Mucho ruido y pocas nueces” ¿Por qué?

En primer lugar no se ve por ningún lado la revolución socialista que tanto se pregona, en la cual se transformaría la relación entre los medios de producción, lo cual es un hecho económico y social, y no solamente social como se establece en el Art. 1º. Sin llegar a los comentarios de algunos expertos que dicen que es la misma Ley anterior con algunas modificaciones, si podemos afirmar que la Ley sigue siendo capitalista. De tal forma, que nos imaginamos que debe haber sido muy grande la decepción entre los seguidores del partido de Gobierno y que son snceros socialistas.

La jornada laboral se estableció con un máximo de 40 horas semanales, la reducción es solamente de cuatro horas, es decir hasta un máximo de 8 horas diarias, con dos días de descanso, por lo tanto, un trabajador puede laborar 8 horas diarias de lunes a viernes y descansar sábado y domingo. Si hay algo parecido a la realidad, es pura coincidencia.

Las mujeres y la familia, salieron bien parados, al aumentarse el período de permiso post natal a 26 semanas.

Ahora comentemos el asunto de la retroactividad de las prestaciones y su pago. En el artículo 142 se estableció una dualidad en que convivirán, la promesa  cumplida con la antigua forma de cálculo. Por lo tanto el Patrono debe depositar trimestralmente 15 días con “base al último salario devengado”. En la actualidad de depositan 5 días mensuales en base al último salario devengado. En ambos casos se depositan  gradualmente un adicional de 30 días. Por lo tanto el trabajador puede acumular un equivalente a 60 días de prestaciones por año. El artículo antes señalado, en el literal c, establece: “se calcularán las prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada al último salario” y, finalmente en el literal d, se puede leer: El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo efectuado al final de la relación laboral de acuerdo al literal c.

Los expertos en materia laboral que han estudiado el problema manifiestan que la retroactividad es ventajosa a partir del año 13. Sin embargo lo que es seguro es que si algún día elimina la inflación, lo que significa una estabilidad en los precios, lo cual haría innecesario los grandes aumentos de salario, el régimen anterior es muy superior al nuevo (60 días es superior a 30).

Nos pareció muy enredado y exagerado el tratamiento dada a la tercerización, pensamos que se  hubiese definido en forma claro el fenómeno y se hubiese prohibido su práctica. La definición que se lee en el Art 42, es muy ambiguo y oscuro: “A los efectos de esta Ley se entiende por tercerización la simulación o fraude cometido por patronos o patronas en general, con el propósito de desvirtuar, desconocer obstaculizar la aplicación de la legislación laboral”. Digan lo que digan, no se entiende esta definición.

Se puede decir que esta ley es buena, porque aumenta los beneficios y protecciones al trabajador y la familia, pero no es lo que se esperaba el segundo instrumento jurídico del país. Se perdió una gran oportunidad para trazar un camino que nos permita la modernidad y la entrada a una economía mundial globalizada y muy competitiva. “La revolución de la productividad  ya se agotó. La nueva era del trabajo implica la aplicación del conocimiento  como la nueva fuente de creación de valor y riqueza La sustitución de tierra trabajo y capital por el conocimiento traducido como valor, tecnología y oportunidad, cambiara completamente la dinámica de las empresas. El costo de la mano de obra, la materia prima, los insumos y otros costos asociados al proceso productivos serán cada día menos importantes”. (Valdes, Luigi.2002:18)